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Mostrando las entradas de marzo, 2013

Las fundaciones bajo el marco de la Ley Nº 20.500

1. El derecho de asociación en la Ley N° 20.500:                   La Ley N° 20.500 sobre Asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública consagra en el inciso 1° del artículo 1° el derecho que tienen todas las personas a asociarse libremente para la consecución de fines lícitos. Señalando a su vez, el referido artículo, que el derecho de asociación comprende la facultad de crear asociaciones que expresen la diversidad de intereses sociales e identidades culturales. No obstante lo anterior, la ley en comento mantiene el criterio de nuestra Constitución Política, la cual en su artículo 19 número 15 inciso cuarto prohíbe las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado. Además, la ley sobre Asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, en su artículo 1° inciso 4° establece un límite a las actividades que pueden desarrollar las entidades que la ley en comento regula, señalando que: “Las asociaciones no podrán realizar actos